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A través de un comunicado, la DAC señala que “el cine argentino puede desaparecer”

A través de un comunicado de prensa, la asociación Directores Argentinos Cinematográficos (DAC) aseguró que a partir de las políticas no implementadas por el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) el cine argentino “puede desaparecer” y propusieron diez puntos a tener en cuenta.

La DAC manifiesta que “las actuales autoridades del INCAA mantienen planchado el costo medio de una película nacional de largometraje a la mitad de su valor real, mientras los nuevos integrantes de su Consejo Asesor -principal órgano de cogobierno y contralor del Instituto- aún siguen sin designar”.

Tal como expresó la Asamblea Federal “hay que revertir la política cinematográfica impuesta desde 2016, porque incumpliendo la ley, se está depreciando una industria cultural de importancia estratégica. Sin planificar ni cuantificar, dejándonos fuera de competencia, ajustando en forma desordenada y aleatoria, potencian los errores de las gestiones anteriores, en vez de corregirlos”.

Los referentes del sector señalan que “el presupuesto de una película nacional de costo medio, eje primordial de la ley de cine 17.741 vigente, está desactualizado a la mitad de su valor real”. Y destacan que “mientras, el presupuesto del INCAA aumenta al compás inflacionario junto con el precio de las entradas cinematográficas. El Consejo Asesor, reducido a mero sello simbólico de la autoridad de turno, no puede auditar los balances por la forma en que la gestión actual, igual que sus antecesoras, lo presentan”.

“Los créditos se han suspendido y luego desvirtuado con instancias burocráticas y bancarias que cambian su objeto e imposibilitan su práctica. Reemplazados por adelantos de subsidios, mediante complicados sistemas de mínimas convocatorias, paralizan por meses las realizaciones y las someten a la precariedad. En línea con el costo medio, una filmación de seis semanas se hace en tres y así proporcionalmente”, destaca el comunicado.

“Si no se logra revertir rápidamente esta grave situación, no es exagerado afirmar que el cine argentino puede desaparecer”, se indicó desde Directores Argentinos Cinematográficos.

Finalmente, desde DAC indican que “ante este difícil panorama que no es originado por el INCAA sino por quienes se encuentran a su cargo, ejecutan esta política e implementan la burocracia que traba y desbarranca nuestra actividad por completo” se proponen las siguientes bases de política cinematográfica y audiovisual para que la Ley 17.741 se cumpla con eficacia y equilibrio:

1.Derogación del Artículo 4, incisos “e” e “i”, de la ley 27.432, promulgada el 27/12/2017 para que el INCAA conserve su autarquía y su propio presupuesto anual no sea arbitrariamente asignado por otros organismos del estado.

2.Aporte de los proveedores de servicios de Internet como medio electrónico de exhibición al Fondo de Fomento de la ley 17.741 y pago de los derechos de autor correspondientes.

3.Actualización automática del presupuesto de una película nacional de costo medio, incluyendo lanzamiento con todo lo necesario. Una película no termina con su primera copia o DCP, sino que allí comienza su recorrido.

4.Plena vigencia del sistema de créditos y subsidios, tal cual posibilita la ley 17.741, tomando como suficiente aval y garantía para los presentantes (que en todos los casos podrán ser personas físicas) la suma del subsidio previsto por medios electrónicos.

5.Fehaciente auditoría y aprobación del presupuesto del INCAA por su Consejo Asesor.

6.Impulsar la Ley de Televisión, presentada por la Multisectorial Audiovisual en el Congreso Nacional. Así, con sus propios recursos, sin afectar los del Fondo de Fomento Cinematográfico, las series de ficción, animación y documental podrán desarrollar en ese propio ámbito las producciones que le competen sin distraer las obligaciones ni presupuesto del INCAA.

7.Absoluto cumplimiento de la cuota de pantalla y media de continuidad dispuesta por la ley 17.741 con la debida fiscalización, incluidos los Espacios INCAA de todo el país, así como la establecida en su artículo 67 por la ley 26.522 de servicios audiovisuales.

8.Planificación y cuantificación de la producción anual, basada en un presupuesto controlado y aprobado por su Consejo Asesor, y el costo medio correspondientemente actualizado.

9.Distribución presupuestaria anual para la producción integrada en Alto, Medio y Bajo Presupuesto. Determinación por parte del INCAA de una cantidad máxima de películas en cada categoría, sobre la base de los ingresos presupuestarios proyectados para cada año calendario y de las reales posibilidades de exhibición en todas sus formas, privilegiando calidad sobre cantidad. Para ello, es primordial la elección de los miembros de los respectivos comités de selección, que deben ser de necesaria y acreditada idoneidad profesional en todos los casos. Elegidos por el Consejo Asesor, asimismo, asignarán los recursos económicos para cada producción.

10.Cumplimiento de un cupo de género a acordar.

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